lunes, 13 de marzo de 2017

Zona Federal Marítimo Terrestre

Durante el despegue de Puerto Vallarta como destino turístico en los años 60 ́s y 70 ́s, se realizaron muchas construcciones en la playa; algunas veces por desconocimiento y otras por falta de supervisión de las autoridades se invadió la zona federal marítimo terrestre. 

Zona Maritima Federal Puerto Vallarta

Los fenómenos meteorológicos como huracanes, temblores y el niño, han ocasionado movimientos en las mareas que han afectado la costa, por lo que residencias que fueron construidas originalmente en propiedad privada, ahora se encuentran total o parcialmente dentro de la zona federal.
Sabemos que el frente de playa es lo que da belleza y plusvalía a las propiedades colindantes, el motivo de este artículo es proporcionar  una visión general de su situación legal.
La constitución mexicana considera las aguas de los ríos, los esteros y las zonas marítimas como propiedad e la Nación.

La Secretaría de Medio Ambiente es la encargada de proteger la zona federal marítimo terrestre, que es la franja de 20 metros contados a partir de la marea más alta. Los propietarios de Villas, Condominios, Restaurantes, o cualquier otro inmueble que colinde con la zona federal –o que se encuentre construido en ella¬-, puede solicitar a la Secretaria de Medio Ambiente otorgue en su favor un título de concesión para su uso y aprovechamiento.

La solicitud deberá ir acompañada de planos, estudio de impacto ambiental, comprobante de propiedad y fotografías y será pre- sentada en las oficinas de la Administración de Zona Federal Local, el expediente se remitirá posteriormente a las oficinas centrales en la Ciudad de México, donde después de su estudio se procederá a expedir la concesión. 

Playas de Vallarta

Todas las personas que estén interesa-das en adquirir propiedades en la playa, deberían investigar cuidadosamente con la colaboración de un abogado que conozca esta materia-: 
1.- Si existe un título de concesión y su vigencia.
2.- Verificar en los planos donde se encuentra la línea de zona federal en relación con la propiedad privada. 
3.- Comprobar que las construcciones no invadan la propiedad federal;o en su caso se hayan regularizado ante la Procuraduría del Medio Ambiente. 
4.- El pago de los derechos de uso por los 5 años anteriores a la fecha de la transacción. 
Esto les dará seguridad jurídica y les permitirá disfrutar sin problemas de su nueva propiedad y de las bellezas naturales de este puerto mexicano. 



Email: vonborstelsc1@prodigy.net.mx


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